EJECUCIÓN PENSIONES ALIMENTICIAS Y COMPENSATORIAS

¿Te preocupa la educación de tus hijos? ¿no llegas a final de mes? ¿quieres que tu hijos sigan estudiando y no alcanzas con tus ingresos? ¿y que me dices del material escolar, los libros, la matrícula de la universidad, etc.?

Si te sientes identificada con cualquiera de estas preguntas, porque tienes una sentencia judicial que te concede una pensión de alimentos para tus hijos, o una pensión compensatoria para ti, y no la estás cobrando, seguro que te cuestionas para qué te sirve esa resolución judicial.

Ciertamente, no es papel mojado y puedes obtener, con un sencillo procedimiento, lo que te corresponde, a ti y a tus hijos, para que puedas cumplir con aquello que te prometieron y cuya obligación no se está ejerciendo en la actualidad.

La EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES es un procedimiento judicial nuevo, que requiere de la presentación de una nueva demanda, aportando el título judicial que concede esas pensiones -alimenticia/compensatoria- y que se tramita en el mismo Juzgado que la dictó, el Juzgado de Familia, el de Violencia, o el de Primera Instancia en caso de que no existe en la población o ciudad un Juzgado específico de Familia.

La estrategia para obtener el cobro de lo que te adeudan es precisamente lo que este Despacho te puede ofrecer, con el seguimiento constante, presión en los Juzgados, averiguación económica y patrimonial, y por supuesto, con la aplicación de la Ley específica para estos supuestos, que muchas veces se desconoce, de ahí la insistencia en que cuanto antes de ejecute, mucho mejor para ti y para tus hijos.

Para finalizar, no hay que perder de vista que las resoluciones judiciales que conceden las pensiones no son eternas, y caducan, por lo que si este es tu caso, no dudes en plantearte movilizar el procedimiento para llevar su cumplimiento a efecto.

Hasta el 10 de Noviembre 2022, visita y estudio del caso gratuito, reserva tu cita en mt.esbri@icacs.com o llamando al 617 10 19 47

AGENDA TU CITA GRATIS